Hacer un testamento y heredar tu casa, que compraste con crédito del Infonavit, es completamente valido ante la ley, aunque no hayas terminado de pagar el préstamo que recibiste.
El Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) señaló que un crédito de vivienda es una deuda a largo plazo, tiempo en el cual pueden ocurrir toda clase de imprevistos.
Indicó que, si bien cuando sacas tu crédito Infonavit eliges a los beneficiarios del financiamiento, el documento jurídico con el que se determina quién se queda con la casa es el testamento.
Por ello, apuntó el instituto, es muy importante que realices este último trámite, aunque aún no hayas terminado de pagar tu préstamo; con el fin de heredar seguridad a tus familiares y evitar pleitos legales que pueden tardar años.
Recordó que el crédito Infonavit incluye un Seguro por Defunción que liquida el adeudo de los trabajadores o personas acreditadas en caso de fallecimiento, por lo que sus familiares no adquieren ningún compromiso de pago.
¿Quién puede hacer válido el Seguro por Defunción?
De acuerdo con la normatividad vigente, las personas que pueden realizar los trámites y hacer valido el Seguro de Defunción, que incluye el crédito del Infonavit, son:
- El beneficiario de la vivienda, en caso de que exista un testamento que lo avale.
- O bien, cualquier persona que llame a Infonatel (800 008 3900) o acuda al Centro de Servicio Infonavit (Cesi), con los documentos originales del acreditado y las escrituras en original de la vivienda.
Es importante que compartas con tus familiares o beneficiarios:
- Tu Número de Seguridad Social (NSS).
- Número de crédito.
- La fecha en la que lo contrataste.
Fuente: MSN